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Declaración Jurada para la Solicitud a TARIFA RESIDENCIAL SOCIAL de ELECTRODEPENDIENTE

DDJJ Electrodependientes

Guía para los usuarios electrodependientes

Guía para los Usuarios:

Los clientes que deseen acceder a la Tarifa Residencial Social Electrodependiente, para sí mismos o para un conviviente, deberán tener en cuenta lo siguiente:

  1. Debe acceder al formulario de Declaración Jurada para ser beneficiado con la Tarifa Eléctrica Residencial Social Electrodependiente de la Provincia de Neuquén.

El mismo se encuentra en el sitio web del EPEN www.epen.gov.ar y del Ministerio de Salud y Desarrollo Social www.saludneuquen.gob.ar o en cualquiera de las oficinas comerciales del EPEN.

  1. El paciente electrodependiente debe habitar en la vivienda que se solicita esta tarifa, en caso que el paciente no sea el Titular del Suministro, debe acreditar el domicilio con su DNI o alguna certificación legal que lo constate (ej. Certificado Policial del domicilio, Certificado de Acción Social, Certificado ante Escribano Público, etc).
  1. En aquellos casos en los cuales el Titular del Suministro sea el paciente electrodependiente, puede realizar el trámite un tercero.
  1. Si se observa el formulario, se deben completar todos los datos del Titular del Suministro y del paciente electrodependiente. En el otro cuerpo debe ser adjuntada y completadala información por un Profesional especializado en la patología, que constate fehacientemente la situación de salud del paciente.
  1. Es importante destacar que el Profesional médico que sella y completa la información en el formulario de la DDJJ, dictamina que el paciente es electrodependiente. La dependencia de Salud Pública (Hospital/Centro de Salud) por un profesional Médico de la misma, constata que la información médica del profesional especializado es correcta para la patología que determina su electrodependencia.
  1. Una vez obtenida toda la información, documentación y certificaciones médicas tanto del Profesional especializado como la constatación de la información del Médico que depende de un Hospital/Centro de Salud dependientes del Ministerio e Salud y Desarrollo Social de esta provincia, se deberá proceder de la siguiente manera con el formulario de la DDJJ:

El ORIGINAL con sus antecedentes deberán acercarlo a cualquier oficina del EPEN, una vez recepcionada la copia de toda la información y certificada por personal del EPEN, dicho ORIGINAL queda en resguardo del paciente/cliente y la copia en el legajo del cliente.

  1. Cabe aclarar que el EPEN no tiene las facultades para dictaminar si el paciente reviste el carácter de electrodependiente, por ello será determinado por Profesionales especializados en la enfermedad determinada y visado por un Médico del Hospital/Centro de Salud dependiente del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Provincia del Neuquén.
  1. La tarifa del encuadramiento de electrodependiente tendrá vigencia, si correspondiera, a partir del mes siguiente de la presentación de la certificación ante el EPEN.
  1. La vigencia del otorgamiento es de un año. Transcurrido dicho plazo, deberá presentar una nueva certificación médica del tratamiento y su dependencia eléctrica, o bien se volverá a la tarifa que corresponda según el caso. Si el plazo fijado por el Profesional especializado en la patología para su electrodependencia es menor, se contemplará dicho plazo.

DEFINICIÓN DE ELECTRODEPENDIENTE: Se denomina electrodependiente por cuestiones de salud, a aquellas personas que deben consumir servicios extraordinarios de energía eléctrica, al requerir especial equipamiento y/o infraestructura por una enfermedad diagnosticada por un médico o que tengan la necesidad de contar con un servicio eléctrico en forma REGULAR Y PERMANENTE para satisfacer necesidades médicas dentro del hogar. (fuente: Ley Nacional Nº 27.351)

CONTACTOS PARA SOLICITAR INFORMACIÓN:

EPEN

0810-666-9087

(0299) 4456699 – Neuquén Capital

Ministerio de Salud y Desarrollo Social

(0299) 4495200 Int. 6504 ó 7533

Reglamentación para la ejecución de pilares de medición de energía eléctrica, aprobados por Resolución P. Nº 603/23.

BAJA TENSIÓN

Pilares Trifásicos entre 0 y 49 kW

Pilar Trifásico Grandes Demandas

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